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CIUDADANOS POR LA INNOVACIÓN DE G.E.

COMUNICADO DE CIUDADANOS POR LA INNOVACIÓN DE GUINEA ECUATORIAL SOBRE LA EXCLUSION DE NUESTRA  CANDIDATURA PARA LAS ELECCIONES PRESIDENCIALES, ABRIL 2016.


Desde  ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial llamamos a la calma a todos nuestros militantes y simpatizantes nuestros, así como a los pueblos de Guinea ecuatorial en general, por entender que la proclamación de candidaturas hecha por la Junta Electoral Nacional hoy en Malabo, puede llevarles a muchas interpretaciones y dudas. Seguimos manteniendo nuestro compromiso con el pueblo para luchar y acabar con esta dictadura de más de 37 años oprimiendo a nuestra nación.


Aunque la junta electoral inhabilita momentáneamente nuestra candidatura, seguiremos en nuestra línea   de agotar toda la legalidad que nos permite las leyes de nuestro país GE para corregir lo que creemos que es un error. Efectivamente, la junta electoral nacional evoca el art. 35, letra c, de la ley fundamental en concordancia con el art. 10 letra c, de la ley reguladora de elecciones presidenciales que habla de tener arraigo de 5 años para ser candidato a la presidencia de la República. Condición esta, que hoy no tiene Gabriel Nze Obiang Obono por haber estado en el exilio durante 13 años. La junta electoral nacional considera que la amnistía decretada por el Presidente de la República en decreto núm. 127/2014 de fecha 21 de octubre no le ampara en el caso que nos concierne.


Constatamos sin embargo, que el mismo artículo 35 letra d, dice que hay que saber interpretar la ley fundamental para presentarse como candidato a la presidencia de la república, y a nuestro juicio, el candidato presentado por el PDGE incumple ese requisito: Primero porque al inicio de su mandato, vulnera su juramento de cumplir y hacer cumplir la ley cuando nombra a dos vicepresidentes de la república cuando el Art. 33.3 dice claramente que el presidente de la república estará asistido de un vicepresidente. Tanto el art. 50.1 como 50.2 hablan de un vicepresidente de la república y los 75 senadores que compone el Senado mientras que articulo 84. Punto 1 que prevé 70 Senadores. En la misma línea de incumplimiento Y de  violación de la Ley Fundamental de GE, está  la convocatoria de elecciones del 24 de abril de este año 2016, cuando el art. 36.4 de la ley fundamental establece que las elecciones se convocan 45 días antes de la expiración de mandato del presidente de la república o en su caso 70 días después, y un largo etcétera de incumplimientos constitucionales. Es curioso que los servicios jurídicos de la actual Junta Electoral Nacional no se hayan dado cuenta de tantas violaciones de la Ley Fundamental como para que aprobara la candidatura del PDGE.


Por otro lado, que en las presidenciales de año 1996, la Junta Electoral Nacional de aquel entonces, algunos de sus miembros siguen siendo figuras de la actual Junta Electoral nacional, permitió las candidaturas de Secundino Oyono Awong Ada, entre otros, todos sin el arraigo de 5 años que exige la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial.


Todas estas observaciones revelan que la Candidatura de la C.I. no ha sido analizada con criterios de justicia y equidad amparándose a la igualdad de todos ante la ley como determina el inciso “C” del artículo 13 de la Ley Fundamental.  


Por todo lo antes dicho, reiteramos a nuestra militancia  a todos los pueblos de GE,  que estén en calma por que seguiremos buscando terrenos de compromiso a nivel legal y político para seguir en la lucha pacífica afín de liberar a este pueblo de las garras de esta dictadura que está planeando derramar a  todo costa la sangre de inocentes guineo ecuatorianos que solo anhelan su libertad, Justicia y democracia real, porque, el respeto de sus derechos como tales personas.


En los próximos días, les mantendremos informados de la evolución de los avances que vayan produciendo durante el proceso.


                      POR LA LIBERTAD, JUSTICIA Y DEMOCRACIA


                                 LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL


 


 


 


 




por abamodjo, Miércoles, 30 Marzo 2016 19:16, Comentarios(0)
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