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CIUDADANOS POR LA INNOVACION

COMUNICADO DE DENUNCIA Y ADVERTENCIA DE CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL POR LAS DETENCIONES ARBITRARIAS, TOTURAS Y ENCARCELAMIENTOS DE LOS MIEMBROS Y MILITANTES DE ESTE PARTIDO POLITICO HECHOS QUE ESTA PRACTICANDO EL GOBIERNO DE LA NACION.


Este partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), mediante este comunicado Institucional, informa haber agotado el tiempo de espera para que el Gobierno de la nación reaccionara en consecuencia para poner en libertad a las cerca de cincuenta detenidos miembros de este partido político, los que están sufriendo tratos inhumanos, entre estos: torturas, vejaciones, humillaciones, denegación de asistencia sanitaria, etc., quienes están repartidos entre la siniestra prisión de Evinayong, la comisaría de policía en la Ciudad de Aconibe y otros en Bata, todos presos políticos y de conciencia. Una prueba inequívoca que reafirma que el Gobierno de la República de Guinea Ecuatorial es conculcador permanente de los derechos humanos e ignora la existencia del estado de derecho.


Los hechos llamados de Aconibe reafirman esa realidad en este país, donde el Gobierno y su partido PDGE, por miedo a perder las elecciones en dicho lugar, ordenaron a la fuerza militar a impedir la campaña electoral a este partido político, en menoscabo del artículo 148.1, inciso “c”, de la Ley número 8/2015, de fecha 28 de mayo, reguladora de las Elecciones a la Cámara de Diputados, Senado, Municipales y Referéndum, en la República de Guinea Ecuatorial,  hecho en el que contribuyeron activamente los Ministros, Clemente Engonga Nguema Onguene del Interior y Presidente de la Junta Electoral Nacional,  el de Información, prensa y radio, Eugenio Nze Obiang,  y que el mismo Presidente de la Republica asumió públicamente ser el estratega de dicho plan durante la celebración de la supuesta victoria electoral de su partido político PDGE, porque de ser real su victoria, no estarían deteniendo por rabia de perdedores a los miembros de este partido político que sí el pueblo atribuye la victoria de dichos comicios.


Los hechos que motivaron los incidentes de Aconibe que se iniciaron en el poblado de Engong Oyec, pueblo natal del Líder Nacional de este partido político, D. Gabriel Nsé Obiang Obono, situados a 25 Kilómetros de la ciudad de Aconibe, donde los militares dijeron que, su fotografía no podía estar en la campaña electoral según instrucciones fácticas del Ministro del Interior, quien justificó con tal medida discriminatoria que la justicia le había inhabilitado, cuando en la supuesta sentencia política tal medida no consta, ya que en toda sentencia las medidas que se toman en ella, deben constar legítimamente por escrito, por tanto fue una exigencia política a favor del partido gubernamental PDGE, para dañar la moral de los militantes de C.I. y crear confusión al electorado con tal hecho ilegal, el Ministro del Interior, Clemente Engonaga Nguema Onguene, su Delegado del Gobierno de Aconibe, Ramón Fernando Ngui Monsuy y el Comisario de la policía nacional de Aconibe, el Sr. Conrado Obiang Maye (omanito), impidieron el acceso de la comitiva de la campaña electoral de C.I. en el distrito de Aconibe y la celebración del mitin político en dicho distrito, cuando en ningún lugar del territorio nacional tal situación se registró siendo el mismo país y las mismas elecciones. Se percató y se demostró que el mismo comisario de policía hacia campaña a favor del partido gubernamental (PDGE) repartiendo su publicidad electoralista así como guardándole espacio público que no le correspondía legalmente para su mitin el día de los hechos (5 de noviembre), espacio que sí pertenecía a Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial, según constaba al Ministerio del Interior por el calendario que éste partido le envió y fue aprobado sin ninguna modificación. Aseguramos que guardamos fotografías que demuestran fehacientemente cómo las Fuerzas de la Seguridad del Estado participaron a boicotear con vehículos del cuerpo, nuestra campaña electoral; ya sin mencionar los incidentes del día de las votaciones donde dichas fuerzas militares obligaban al voto público, hasta proceder a la detención, maltrato físico y encarcelamiento de los miembros de este partido en la ciudad de Bata, por citar algunos: Pedro Gaspar Esono  Bacale y Miguel Obama Nguema, etc. por denunciar que los del PDGE estaban realizando el voto publico impulsado por los militares que estaban de servicio, quienes a lo largo del país expulsaron de los colegios electorales a los interventores de este partido, a punta del cañón del Fusil kalaznicov, se vio durante las elecciones cómo miembros del PDGE votaban en más de cinco ocasiones.


En la misma línea de malos comportamientos antijurídicos y antidemocráticos, no tramitaron los dos recursos que este partido presentó como reclamaciones de hechos abusivos y de fraude de ley de quitar a este partido político 7 ayuntamientos y el recurso de impugnación por los fraudes electorales que este partido presentó.    


Asegurar aquí que, la eliminación de la postulación a diputado del Líder Nacional, D. Gabriel Nsé Obiang Obono,  por la Junta Electoral Nacional que dirigía el Primer Viceprimer Ministro encargado de los asuntos políticos y democracia y  Ministro del Interior, fue otra violación del estado de derecho, primero, llamaron al juicio dos días después de la convocatoria de las elecciones legislativas y municipales del pasado 12 de noviembre; segundo al salir la sentencia en pleno periodo electoral, la escondió el gobierno y la justicia entregándola secretamente a la Junta Electoral Nacional para que anulara la postulación del Líder Nacional, sin informar la existencia de dicha sentencia a su abogado ni al interesado para presentar el correspondiente recurso, cuando finalmente se supo la existencia de dicha sentencia política, el abogado la recurrió, recurso que dejó nuevamente en suspense la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, por tanto, el inciso “a” del punto 2, del artículo 9 de la Ley número 8/2015, de fecha 28 de mayo, dejaba vía libre a que D. Gabriel Nsé Obiang Obono, hiciera uso del derecho al sufragio pasivo para ser elegido como diputado, pero la conculcación del estado de derecho y el irrespeto de las leyes en Guinea Ecuatorial, se hizo una  vez más patente impidiendo la candidatura a diputado de D. Gabriel Nsé Obiang Obono.


Todos estos hechos son punibles y perseguibles por la misma ley electoral número 8/2015, de fecha 28 de mayo, en sus artículos:  142, que dice: Serán castigados con las penas de arresto mayor y multa de cien mil a un millón de Francos Cefas., los funcionarios públicos que dolosamente: 4 Susciten, sin motivo racional, dudas sobre la identidad de una persona a la entidad de sus derechos; 5 Suspendan, sin causa justificada, cualquier acto electoral; 6 Niegan, dificulten o retrasen indebidamente la admisión, curso o resolución de las protestas o reclamaciones de las personas que legalmente estén legitimadas para hacerlas o no dejen de ellas la debida constancia documental. Artículo 143, Serán castigados con la pena de Prisión mayor y multa de quinientos mil a dos millones de Francos Cefas, los funcionarios que, abusando de su oficio o cargo, dolosamente realicen alguna de las siguientes falsedades:  g) Conseguir, pudiendo evitarlo, que alguien vote dos o más veces o lo haga sin capacidad legal, o no formular la correspondiente protesta. 146, 1) Serán castigados con las penas de prisión menor en grado mínimo, inhabilitación especial y multa de cien mil a un millón de Francos Cefas, quienes voten dos o más veces en la misma elección o quienes voten  dolosamente sin capacidad para hacerlo; 2) El voto público acarreará la nulidad absoluta del voto. El Presidente de la Mesa Electoral no permitirá la emisión del voto en la urna de modo que se viole el secreto del mismo. 147, 2) Serán castigados con pena de prisión menor en grado mínimo y multa de cien mil a un millón de Francios Cefas., los miembros activos de las Fuerzas Armadas y Seguridad del Estado o los jueces, Magistrados y Fiscales, los ministros de culto y los miembros de las juntas Electorales que difundan propaganda electoral o lleven a cabo otras actividades de campaña electoral. 148, 1) Serán castigados con la pena de arresto mayor y multa de cien mil a un millón de Francos Cefas, b) Quienes con violencia o intimidación presionen sobre los electores para que usen su derecho, lo ejerciten contra su voluntad o descubran el secreto de voto; c) Quienes impidan o dificulten la entrada, salida o permanencia de los electores, candidatos, interventores y notario en los lugares que se realicen actos de procedimiento electoral, etc. Sin olvidar que los actos de torturas antes mencionados, violan flagrantemente el artículo 1 de la Convención Internacional contra la tortura, tratos crueles y degradantes, firmado y ratificado por este mismo gobierno que denunciamos, cuyo menos precio a esa legalidad internacional menoscaba el artículo 8 de la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial.   


Todas esas ilicitudes las han cometido los del gobierno, los miembros del Poder Judicial, los de su partido y muchos miembros de las Fuerzas  de Seguridad del Estado como el caso de Aconibe. Pero el Gobierno y su justicia las han ignorado impunemente, y han optado por realizar una persecución política militar a los miembros del principal partido de la oposición C.I. para intimidarlo y demostrar su abuso de poder.


Ante estas demostraciones irrefutables de ilicitudes de violación de los derechos humanos, este partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), exige al Gobierno poner en libertad incondicional a todos los detenidos que están siendo vilmente maltratados, así como dejar una vez por todas las detenciones selectivas y nocturnos que está llevando a cabo contra los miembros de este partido político detenidos injustamente. El partido llama a toda la militancia, simpatizantes y adheridos, todos los indignados por causa de la injusticia, a estar dispuestos a salir a las calles del país, para manifestarse contra estas manifiestas injusticias y abuso de poder de los que somos víctimas en este país. Esto se llevará a cabo haciendo uso del derecho fundamental que nos otorga la Constitución de este país en su artículo 13 inciso “k”,  en defensa de nuestros derechos como ciudadanos de esta nación.  Ningún ciudadano debe pasar las fiestas navideñas y de fin de año encarcelado injustamente solo por satisfacer caprichos políticos partidistas. Hasta las hay personas ya refugiadas que van dejando a sus familias abandonadas por miedo a esas detenciones políticas arbitrarias.


C.I. no contempla compartir instituciones del Estado con quienes inhabilitan antijurídicamente al Líder Nacional de este partido en el ejercicio de su actividad política, persiguen de la misma forma a toda la ejecutiva de este partido y detiene, encarcelan a nuestros militantes injustamente y el partido impedido a realizar actividad política libremente en el paos, y esto es posible sólo si el régimen hace esfuerzos y limpia todas esas putrefacciones políticas antidemocraticas.


Damos cuenta de este comunicado al cuerpo diplomático acreditado en Guinea Ecuatorial y hacemos responsable de lo que puede suceder en el país, al Presidente de la República, al Vicepresidente de la Republica encargado de la Defensa y Seguridad Nacional, al Ministro del Interior y al Fiscal General de la Republica, por violar el ordenamiento jurídico nacional e imponer el sistema de anarquía en el país con el resultado de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.


Relación  de los miembros de C.I. detenidos, torturados y encarcelados en Bata, Evinayong  y Aconibe:


 1.- Isidoro Owono Elo, Representante de C.I. en el distrito de Aconibe


2.- Pastor Obiang Ndong


3.- Jorge Mico


4.- Raimundo Ona Nguema


5.- Carmelo Obiang Nguema


6.- José Owono Ondo


7.- Alfredo Ndong Nguerre


8.- Eugenio Ndong Mbá


9.- Juan Obama Edu


10.- Agapito Engonga Mitogo


11.- Maria Carmen Afang Esono


12.- Esperanza Micué Owono


13.- Jaime Bee Mba


14.- Pedro Mba Mengomo


15.- Teodulo Nguema Asú


16.- Eusebio Esono Esono Nsang


17.- Juan José Moro Eworo


18.- María Esperanza Anda Miko


19.- Petronila Mikue Micha


20.- Francisca Ándeme Ondo


21.- Eugenio Onga Esy


22.- Juan Nguema Esono


23.- Jesús Abeso Ondo


24.- Débora Maye Nguema


25.- Alfonsina Nchama Nguema


26.- Jacinta Obono


27.- Inés Bilogo


28.- Juanita Mangue Ondo


29.- Armando Mba Nguema


30.- Francisco Mbele Onga


31.- Ildefonso Nsé Mba Ntogono


32.- Pedro Obama Miko.


33.- María Rosa Angue Mba


34.- Margarita Eyenga Moro Abia


35.- Pedro Obama Ndong


36.- Agustín


37.- Jenaro  Abeso Edú


38.- Daniel Nve Nve


39.- Aniceto Eko Mba.


40.- Leoncio Ekua


41.- María Judit Maye Nguema     


42._ Eugenio Pancho Nguema Eyang


43._ Inmaculada Mangue


44._ Estanislao Mangue Ekua


45.- Juan Ovono Abago, de Nsoc- Nsomo, por estar en la camapaña electoral de C.I.


Malabo, 15 de diciembre de 2017,


EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL


     


  


 


 




por abamodjo, Sábado, 16 Diciembre 2017 06:25, Comentarios(0)
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