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CIUDADANOS POR LA INNOVACIÓN DE G.E.

 


COMUNICADO INSTITUCIONAL DE POSICIONAMIENTO DEL PARTIDO POLITICO CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL (C.I.), CON CARA A LAS PROXIMAS ELECCIONES LEGISLATIVAS Y MUNICIPALES QUE TENDRAN LUGAR EN GUINEA ECUATORIAL PARA EL  AÑO 2022.


Este partido político Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial (C.I.), publica este comunicado institucional de posicionamiento político con cara a las próximas elecciones legislativas y municipales que van a tener lugar en Guinea Ecuatorial para el próximo año 2022, elecciones en las que  C.I. tiene derecho a participar a fin de que sus miembros también puedan ser elegidos por los ciudadanos para representarles en las instituciones del Estado y defender sus intereses, derecho de participación que el Gobierno del PDGE  sigue negándole manteniéndolo bloqueado ilegalmente con probado abuso de poder y discriminación política, permitiendo únicamente a los partidos políticos afines al PDGE para que sean los que participen en la política del país y en dichas elecciones, una situación que atenta contra la democracia, la soberanía del pueblo, los derechos políticos de miles de ciudadanos, el estado de derecho y la paz social.


Este comunicado va dirigido a la atención de todos los  pueblos de Guinea Ecuatorial y a los Gobiernos de la comunidad internacional, entre éstos: el de los Estados Unidos de América, el de Canadá, el de España, el de Francia, el de Alemania, el  de Portugal, el de Reino Unido, el de Bélgica, el de Colombia, el de Argentina, el de Brasil, el de la República Federal de Nigeria, el de la República Sudafricana, el de la República Democrática del Congo, el de la República de Ghana, Republica de Senegal, etc.; Organizaciones supranacionales y subregionales: la ONU y su Consejo de Seguridad, la UE, la UA, la CPLP, la ACP, la CEEAC y la CEMAC, etc.; organizaciones internacionales defensoras de los derechos Humanos, a los Órganos de la Justicia Internacional, Corte Penal Internacional (CPI) y al Tribunal de Derechos Humanos de la UA, el Alto Comisionado de la ONU en Ginebra - Suiza, la Amnistía Internacional, Human Rights Watch, etc.; y toda la Prensa Internacional


A todos y a todas dirigimos este Comunicado Institucional cuyo contenido queremos que les sirva como inequívoco testimonio y testamento escrito de este partido político y sus miembros, por los motivos y derechos que aquí venimos a revindicar y que a continuación presentamos en resultandos,  considerandos y la conclusión final, como sigue:     


RESULTANDO PRIMERO QUE: Se entiende como partidos políticos  las entidades de interés público del Estado creadas para promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación nacional, quienes lo conforman, comparten objetivos, intereses, visiones de la realidad, principios, valores y proyectos para ejecutar ideas y programas total o parcialmente en gobiernos democráticos de países. Son los partidos políticos los encargados de presentar candidaturas para ocupar diferentes cargos públicos; contribuyen también a organizar y orientar la labor legislativa, etc. La Ley Fundamental  de Guinea Ecuatorial, también asegura en su artículo 9.1., que, los partidos políticos son organizaciones políticas integradas por personas que libremente se asocian para participar en la orientación política del Estado. Constituyen la expresión del pluralismo político y de la democracia; concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, como instrumentos  fundamentales para la participación política.


RESULTANDO SEGUNDO QUE: Con esos fines y afirmaciones de la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial recogidos en el Considerando Primero, constituimos el partido político Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial (C.I.), conforme determina la Ley número 4/2015, de fecha 28 de agosto de  partidos  políticos de Guinea Ecuatorial, cuya legalización tuvo lugar el día 23 de noviembre del mismo año 2015, sin embargo, su existencia como partido político, sólo duró  tres meses  y unos días, es decir, desde la fecha del 23 de noviembre del año 2015 hasta 28 de febrero del año 2016, cuando el Gobierno, el partido PDGE, el Poder Judicial y las fuerzas de Seguridad del Estado, iniciaron la persecución criminal contra el partido C.I., su Líder Nacional y los militantes para acabar con ellos. En primer lugar, anularon la gira de presentación del partido en el territorio nacional tras comprobar su aceptación popular; 2º eliminaron arbitrariamente la candidatura del Líder Nacional de  C.I., D. Gabriel Nsé Obiang Obono en las elecciones presidenciales de 2016, alegando falta de  arraigo cuando otros políticos procedentes del exilio y sin dicho arraigo, fueron admitidos; 3º iniciaron  falsas acusaciones contra el Líder Nacional del partido C.I., D. Gabriel Nse Obiang Obono, hasta inhabilitarlo ilegalmente para que no pudiera postularse  como diputado en el parlamento nacional en las elecciones legislativas del año 2017, y así sucedió; 4º, en el mes de diciembre del mismo año 2017 y después  de las elecciones legislativas y municipales, el Gobierno del PDGE, imputó falsamente al Líder Fundador de CI. y al mismo partido político C.I. de un intento de golpe de Estado, que acabó  con más detenciones y torturas crueles e inhumanas con resultado de dos muertos  (Santiago Ebe Ela y Juan Obama Edú),  así como muchos mutilados por consecuencia de los disparos de las fuerzas militares con municiones reales a la militancia de C.I.,  cuando es el mismo PDGE, quien estuvo detrás de dicho fallido golpe de Estado, como se reconoció en una resolución sancionatoria suya; 5º, las fuerzas de Orden Público, en menoscabo de la ley electoral y la ley de reunión y manifestación, impidieron a la comitiva de la campaña electoral de C.I., realizar su mitin político - electoral en el lugar y fecha asignados a ellos por el Ministerio del Interior, hecho que provocó una pelea entre el cuerpo uniformado, el personal de la comitiva de C.I. la población presente en el lugar, incluidos militantes del PDGE que pretendían boicotear el mitin  político de C.I., dicha pelea fue politizada y aprovechada por el Gobierno y el PDGE y dio lugar al macro juicio político contra C.I. en la Ciudad de Mongomo, juicio que terminó con la condena de los militantes de C.I. y la disolución del mismo partido político C.I., aun cuando no estaba imputado ni juzgado en la causa como persona jurídica; 6º, en las elecciones legislaturas y municipales del año 2017, C.I. obtuvo 2 escaños, uno para la cámara de diputados y otro en el Ayuntamiento Central de Malabo, escaños que fueron reconocidos y proclamados por la Junta Electoral Nacional y el Tribunal Constitucional, sin embargo, el Gobierno de la nación y su partido PDGE impidieron a C.I. ocupar sus escaños, conformando instituciones mono color, pese a las exigencias de los representantes de los gobiernos de la comunidad internacional durante el Examen Periódico Universal (EPU), año 2019, para que C.I. ocupase sus escaños en las instituciones y las reivindicaciones del mismo partido para ocuparlos, sin embargo, el Gobierno y su partido PDGE no lo admitieron, menoscabando el artículo 2 de la Ley Fundamental.           


RESULTANDO TERCERO QUE: Pese a todo lo expuesto que es el resultado  del abuso de poder y violaciones de derechos humanos sin precedentes en el país contra el partido político C.I., sin embargo,  C.I. aun con todos estos maltratos ha seguido concediendo dudas a las instituciones del Estado por si pueden reaccionar para hacerle justicia, sin embargo, la politización de la justicia impulsada por el PDGE, lo ha venido vetando, cuando saben que su disolución se llevó a cabo violando el derecho fundamental que establece la Constitución de Guinea Ecuatorial en su artículo 13 inciso  “ r” para las personas físicas y jurídicas al asegurar que: “A no ser condenado sin juicio previo, ni privado de derecho de defensa en cualquier estado o grado del proceso”, por lo que, los órganos jurisdiccionales de G.E. violaron dicho precepto constitucional, condenando al partido político  C.I. como persona jurídica a la disolución, sin ser imputado ni juzgado, mientras que el Gobierno, aplicando la misma dinámica política de pisotear la legalidad, tampoco quiere restaurar al partido político C.I. en el ejercicio de la actividad política en la nación, teniendo en manos los instrumentos jurídicos que son los decretos de Amnistía total e Indulto aún en vigor, que fueron sancionados por el mismo Presidente de la República y que, anularon tanto el proceso judicial que la misma sentencia condenatoria, que dejaron en libertad a los militantes de C.I. que fueron condenados a 42 años de cárcel, los mismos efectos legales también restauraron al partido político C.I. persona jurídica condenada en la misma sentencia, a recuperar sus derechos políticos de quedar restaurado y poder realizar la actividad política en la nación. El Gobierno en su ejercicio de arbitrariedad política, como ya se ha dicho, dejó en libertad a los militantes, personas físicas, y, mantiene condenada sin sentencia judicial a la persona jurídica (el partido político C.I.) para así impedirlo ilegalmente participar en los procesos electorales de la nación, como las próximas elecciones legislativas y presidenciales 2022 y 2023.        


RESULTANDO CUARTO QUE: En aplicación de la misma arbitrariedad jurídica y política a favor del partido político en poder, el PDGE por parte del Gobierno (Fiscalía General de la República) y el Poder Judicial,  en menoscabo  del  imperio de la ley y en el marco del estado de derecho, es el resultado de que, el PDGE,  partido gubernamental, sujeto a la ley de partidos políticos, el día 24 de diciembre del año 2017, sus militantes quisieron cambiar por vía de armas a su propio régimen y Presidente de la Republica en ejercicio, este hecho fue juzgado en un tribunal de audiencia pública en la ciudad de Bata, condenando a dichos militantes a las penas privativas de libertad durante cuantiosos años, pero sin juzgar en dicho juicio al mismo partido político PDGE en su calidad de persona jurídica involucrada,  cuando dicha Ley de partidos políticos en vigor establece en su artículo 24 inciso (i) que: “Son causas de extinción y disolución de un partido político: Atentar contra la Seguridad del Estado, integridad territorial, unidad nacional, soberanía, forma republicana del Estado, orden político, social y la paz”. Por lo que, en aplicación de esa legalidad, si los militantes del partido político PDGE están en prisión, la propia persona jurídica, el PDGE, debe estar extinguido actualmente según el tenor del artículo antes invocado. Sin embargo, por el miedo al partido en poder, el PDGE, tanto la Fiscalía General de la República como todos los órganos jurisdiccionales, pisotearon el imperio de la ley por miedo a represalias políticas,  dejando impune a dicho partido político PDGE, con derecho a jactarse en el escenario político nacional, participar en las elecciones y por otro lado, impide hacer justicia al partido político C.I., para que sea restaurado en el ejercicio de la actividad política y por tanto, participar en las elecciones.


RESULTANDO QUINTO QUE: Todo lo relatado demuestra el abuso de poder, la ausencia de la justicia o su politización en Guinea Ecuatorial, hechos impulsados por el partido en poder, el PDGE, contra el partido político Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial C.I. y sus derechos políticos que le conceden el artículo 9.1 de la Ley Fundamental y demás instrumentos jurídicos del derecho internacional.


RESULTANDO SEXTO QUE: El partido político C.I., a día de hoy, es un partido político de representación nacional que está controlando un gran número del electorado nacional que puede ser igual o estar por encima del electorado del partido gubernamental PDGE, y cuenta con un gran número de militantes, ambos con el derecho de elegir y de ser elegidos para poder ocupar cargos públicos en las instituciones del Estado y defender los intereses de sus votantes nacionales en dichas instituciones al igual que lo deben hacer otros partidos políticos.


RESULTANDO SEPTIMO QUE: Ante todo lo relatado en las situaciones jurídicas de ambos partidos, PDGE y C.I, y en amparo de la igualdad de todos ante la Ley, es de justicia que, si el PDGE ante su situación jurídica de ilegalización demostrada mediante ley de partidos políticos, va a participar en las próximas elecciones, a C.I. le corresponde igualmente dicho derecho de participación política  para el bien de la nación, acabando con las injusticias y asegurando el pluralismo político inclusivo.       


CONSIDERANDO PRIMERO QUE: La Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial y demás leyes del derecho internacional establecen en unos de sus artículos para garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos y el ejercicio de la democracia lo siguiente:


1.-) Ley Fundamental: Artículo 2º.- La soberanía pertenece al pueblo, el cual la ejerce a través del sufragio universal. De ella emanan los poderes públicos que se ejercen en las condiciones que esta Ley Fundamental y otras leyes determinan. Ninguna fracción del pueblo (partido político) o individuo puede atribuirse el ejercicio de la soberanía nacional.


2.- Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos,  firmado y ratificado por el Gobierno de Guinea Ecuatorial  y reconocido en el artículo 8 de la Ley Fundamental de la nación.


Artículo 3.- Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto.


Artículo 25.- Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:


a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;


b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores;


c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.   


CONSIDERANDO SEGUNDO Y ULTIMO QUE: Tras demostrar técnicamente que la situación de inhabilitación del partido político Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial (C.I.) de hacer uso de sus derechos políticos y poder participar en la política nacional, ya no es jurídico, sino político, y que ningún otro Poder del Estado es capaz de solucionarlo, por lo que, el caso ya es de competencia exclusiva del mismo Presidente de la República, en su calidad de Jefe del Estado, Jefe de  Gobierno, Presidente del Consejo Superior del Poder Judicial, el Primer Magistrado de la Nación, el garante de la Ley Fundamental de la nación, el Ordenamiento Jurídico del Estado, el funcionamiento de los poderes públicos, la estabilidad política y la paz social, así como árbitro y moderador del proceso político- democrático de Guinea Ecuatorial


CONCLUSION FINAL:  


 Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial (C.I.), en amparo de la legalidad nacional y del derecho internacional, hace saber a la opinión pública nacional e internacional que, si el Presidente de la República de Guinea Ecuatorial, Jefe de Estado y de Gobierno, en el momento de anunciar la convocatoria de las elecciones y los partidos políticos que van a participar en las mismas, permite concurrir a su partido político PDGE a dichas elecciones, pese a lo demostrado jurídica y penalmente contra dicho partido PDGE,  y, excluye de forma arbitraria y por discriminación política al partido político Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial (C.I.), a pesar de los argumentos jurídicos  que justifican su restauración y por qué no, su participación en dichas elecciones como aquí ha quedado demostrado, sabremos que él habría firmado que el partido político Ciudadanos por la Innovacion de Guinea Ecuatorial (C.I.) salga a las calles del país para exigir sus derechos políticos secuestrados por el PDGE y su Gobierno, en amparo de la Ley Fundamental y del derecho internacional  de la ONU (Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos), reconocidos, firmados y ratificados por Guinea Ecuatorial según el artículo 8 de la Ley Fundamental de la nación.  Por lo tanto, no habrá más opción que C.I. movilice a su militancia, simpatizantes y a la población en general que está contra de las injusticias sociales, la tiranía, el abuso de poder, como consecuencia de la miseria y la pobreza que sufre el país y salir a las calles para condenar los hechos denunciados y exigir al Gobierno  el respeto del estado de derecho, los derechos humanos, la verdadera democracia inclusiva,  los derechos políticos de elegir y de ser elegidos, así como, poder ocupar cargos públicos en las instituciones del Estado como el PDGE.


Dejamos claro que, todos somos guineo-ecuatorianos con los mismos derechos ante la ley como los del partido gubernamental PDGE. Sabemos que el plan del Gobierno es matarnos con sus fuerzas militares como ya lo tienen acostumbrado, pero tememos que vayan a tener doble tarea, tener que contar a los muertos de los manifestantes y contar los votos que el PDGE habría obtenido en dichas elecciones, y todo deberá ocurrir ante los ojos de la comunidad internacional y la prensa extranjera que asistirán a dichas elecciones.


Malabo, 23 de diciembre de 2021,


EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DE C.I.


 




por abamodjo, Lunes, 27 Diciembre 2021 16:03, Comentarios(0)
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