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CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE G.E.



MANIFIESTO INSTITUCIONAL DE CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL (C.I.), AL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUINEA ECUATORIAL, LEIDO HOY POR EL LIDER NACIONAL D. GABRIEL NSE OBIANG OBONO. 


Pueblos de Guinea Ecuatorial:


Pueblo annobonés, pueblo balengue, pueblo baseque, pueblo bapuku, pueblo bisió, pueblo bubi, pueblo criollo, pueblo fang y el pueblo ndowe.


Distinguidas representaciones de todas las confesiones religiosas de Guinea Ecuatorial y demás representantes de la sociedad civil.


Excmo. cuerpo diplomático acreditado en Guinea Ecuatorial, los representantes legales de la comunidad internacional en éste país.


Honorables miembros de la Sede Nacional, Honorables Jefes y adjuntos de los departamentos ejecutivos a nivel nacional del partido aquí presentes.


Honorables Coordinadores generales de áreas políticas del partido, Honorables representantes dela Región Insular, continental y los representantes de regiones de C.I.  en el exterior.


Señores representantes, Provinciales, distritales, municipios, distritos urbanos y de los órganos de base.


Apreciados militantes y simpatizantes de este gran partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial C.I.


Estimados ciudadanos, amigas y amigos.


Me llamo Gabriel Nsé Obiang Obono, soy el Líder Nacional y Fundador de este  partido político, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial, en anagrama (C.I.), el cual represento legalmente a nivel nacional e internacional, según los estatutos generales de este mismo partido político.


Salgo al paso, para proceder a la lectura de este Manifiesto Institucional, que los miembros directivos de la ejecutiva nacional de este partido político, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), han vuelto a redactar, para hacerlo llegar al conocimiento del Presidente de la Republica, Jefe de Estado y Jefe del Gobierno de Guinea Ecuatorial, manifiesto que hago extensivo al cuerpo diplomático acreditado en este país, a los Gobiernos y organizaciones de la comunidad internacional, con el fin de exigir al Gobierno de Guinea Ecuatorial, nuestro legítimo derecho de participar en las próximas elecciones legislativas y municipales que tendrán lugar en Guinea Ecuatorial en este año 2022, de las cuales, el Gobierno pretende excluir nuevamente a este partido político C.I., alegando una resolución judicial anulada, por los decretos de Amnistía Total y el de Indulto, hasta aquí en vigor.


FUNDAMENTOS JURIDICOS PARA LA PARTICIPACION POLITICA DE C.I. EN LA NACION Y EL  DERECHO A QUE SUS POSTULANTES DEBAN SER ELEGIDOS POR SUFRAGIO UNIVERSAL E IGUAL EN GUINEA ECUATIORIAL, AL AMPARO DEL DERECHO NACIONAL E INTERNACIONAL:


1.- El derecho a que el partido político C.I. deba estar en el escenario político nacional, y por tanto, participar en la política del país y concurrir a las futuras confrontaciones electorales de este año 2022 y las del próximo año 2023, se recoge en la siguiente exposición de razones:


a) El partido político, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), fue legalizado en base al artículo 9 de la Ley Fundamental y mediante Decreto Presidencial Núm. 129/2015, de fecha 23 de noviembre, hasta que hacemos lectura de este manifiesto, la Presidencia de la República de Guinea Ecuatorial, no ha vuelto a sancionar otro decreto presidencial de superior o igual rango que derogue éste decreto de legalización, haciendo saber que, los partidos políticos en Guinea Ecuatorial, no se legalizan mediante resoluciones judiciales, si bien, se legalizan, mediante Decretos presidenciales, previa aprobación del Consejo de Ministros, instrumento jurídico administrativo que tiene más competencia administrativa y que deroga cualquier resolución judicial y no pudiendo ser lo contrario.


b) Desde el punto de vista legal, la ilegalización o la inhabilitación del partido político C.I. en el ejercicio de la actividad política en G.E., mediante una sentencia judicial, fue antijurídica y anticonstitucional.


Fue antijurídica y anticonstitucional porque, el proceso judicial contra el partido político C.I. y sus militantes en Mongomo,  fue plagado de vicios de nulidad de orden público – procesal. El partido político C.I. como persona jurídica y sujeto al artículo 11 de la Ley Fundamental de éste país, no fue imputado formalmente en la causa, ni fue juzgado en el trámite del juicio oral y público, sin embargo, fue condenado arbitraria y políticamente  a la disolución, violando así dicha decisión, la garantía constitucional del debido proceso contemplada en el artículo 13 de la Ley Fundamental en su inciso “R”, que recoge lo siguiente: “A no ser condenado sin juicio previo, ni privado del derecho de defensa en cualquier estado o grado del proceso”. También se omitió en aquel proceso judicial  nulo  de pleno derecho, la observancia del Considerando Tercero del auto de procesamiento dictado por el juzgado de Instrucción de Akonibe, quien en la referida resolución, aplicó el artículo 17, de la Ley Número 4/2015, de fecha 28 de mayo de partidos políticos de Guinea Ecuatorial, y no al mismo partido como institución que dice textualmente:


“Si como consecuencia de las actividades políticas de un partido político, en uso del ejercicio    de los derechos reconocidos en esta ley y en el ordenamiento jurídico general, se causaran  pérdidas de vidas humanas, lesiones a las personas o daños materiales en los bienes muebles e inmuebles de cualquier clase, las responsabilidades tanto penal como civil de los hechos, se imputaran en primer término a los responsables y, subsidiariamente, a los directivos del partido político”.  


Este artículo 17 de la Ley número 4/2015, de partidos políticos de Guinea Ecuatorial, que aplicó el Juez de Instrucción de Akonibe, no imputaba al partido político como persona jurídica, sino, imputó a las personas físicas, por lo que, la condena al partido político C.I. fue ilegal, ya que, no fue imputado ni juzgado, pero sí, condenado a ilegalización sin juicio previo ni el respeto del debido proceso que exige la Ley Fundamental de G.E.


En el mismo orden de ideas, debo informar aquí que, tampoco devino firme la sentencia del proceso judicial de la Ciudad de Mongomo para que el Gobierno procediera a ejecutar la sentencia y declarar disuelto al partido político C.I., como lo hicieron de manera arbitraria y odiosamente, ya que, interpusimos en tiempo y forma como exige la ley, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que nunca se resolvió y, por lo tanto, la sentencia no se debía ejecutar tal y como la ejecutó falsamente el Gobierno a través de su Ministerio del Interior, declarando ilegalmente la disolución del partido político C.I. y destruyendo sus sedes en la Región continental, porque, cualquier recurso judicial interpuesto, suspende automáticamente la ejecución de la sentencia.


Informar que, el partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), ya fue restaurado jurídicamente por los decretos presidenciales de amnistía total e indulto  en los meses de julio y octubre del año 2018, sin embargo, el Gobierno y su partido político PDGE, siguen haciendo caso omiso a estos decretos aún en vigor, llamando ilegalizado al partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), en el sentido de que, ignoran deliberada y malintencionadamente  los Decreto de Amnistía Total y de indulto antes mencionados,  los cuales anularon definitivamente la sentencia judicial condenatoria, al amparo del artículo 112 del Código Penal Común, vigente en la República de Guinea Ecuatorial.


Pero, curiosamente, por fines políticos,  la aplicación de ambos decretos fue parcial o politizada por instrucciones del PDGE, al dejar en libertad únicamente a las personas físicas (los militantes del partido condenados), mientras siguen sin reconocer la restauración de C.I. en el ejercicio de la actividad política en la nación.


Por todo cuanto antecede, ha quedado demostrado que el partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), es un partido político legal en el escenario político de Guinea Ecuatorial en base al mismo ordenamiento jurídico nacional, y, si no puede realizar actividad política en el país desde hace años, es por el pisoteo del estado de derecho y abuso de poder que practica el Gobierno de la nación en connivencia con su partido político PDGE. Y, con estas garantías jurídicas que hemos presentado claramente, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), tiene legítimo derecho a participar en las elecciones de este año 2022 y en las próximas del año 2023.


Tras demostrar la legitimidad jurídica de C.I. a participar en las próximas elecciones, y, amparándome en el derecho vigente, también debo explicar aquí claramente el inconveniente jurídico del partido gubernamental, el PDGE, para participar en estas confrontaciones electorales, porque, a día de hoy, el PDGE es un partido político ilegalizado jurídicamente, toda vez que, sus militantes condenados en el macro juicio de Bata, atentaron contra la Seguridad del Estado,  el orden político y la paz social mediante un fallido golpe de Estado del 24 de diciembre del 2017, hecho tipificado y castigado en el artículo 24 en su inciso  (i) de la Ley Núm. 4/2015. De fecha 28 mayo de partidos políticos de Guinea Ecuatorial, el cual dice textualmente lo siguiente: “Son causas de extinción o disolución de un partido político, entre otras: “Atentar contra la Seguridad del Estado, Integridad territorial,  unidad nacional, soberanía, forma republicana del Estado, orden político, social y la paz.” , por lo que, matizo que el partido político PDGE está legalmente extinguido y si sigue funcionando de facto en el país, es porque, es un partido político impune, que está por encima de la ley, un contumaz violador del Estado democrático de derecho.


2.- El derecho de que los militantes del partido político Ciudadanos por la Innovación también deben ser elegidos para ocupar cargos en las instituciones del Estado de Guinea Ecuatorial mediante sufragio universal e igual, se presenta como sigue:


Este partido político, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), al igual que cualquier otro partido político de Guinea Ecuatorial, tiene derecho a presentar postulación de sus militantes para que sean elegidos por sufragio universal, amparándose en los siguientes instrumentos jurídicos del derecho nacional e internacional de las naciones Unidas, cuales son:


a) Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial en su artículo 2 dice: La soberanía pertenece al pueblo, el cual la ejerce a través del sufragio universal. De ella emanan los poderes públicos que se ejercen en las condiciones que esta Ley Fundamental y otras leyes determinan. Ninguna fracción del pueblo (llámese partido político) o individuo puede atribuirse el ejercicio de la soberanía nacional.”


b) Declaración Universal de derechos Humanos de la ONU, artículo 21: “1.- Toda persona tiene derecho a participar en el Gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2.- Toda persona tiene derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3.- La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresa mediante elecciones auténticas que habrán de celebrase periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad de voto.


c) Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, artículo 25: Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2 de este mismo pacto, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades: a) Participar en la dirección de los asuntos políticos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos. b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; y c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.


Estos dos instrumentos del derecho internacional de la ONU, son reconocidos y ratificados por el Estado de la República de Guinea Ecuatorial a través del artículo 8º de la Ley Fundamental que dice literalmente lo siguiente: “El Estado ecuatoguineano acata los principios del Derecho Internacional y ratifica su adhesión a los derechos y obligaciones que emanan de las cartas de las Organizaciones y Organismos Internacionales a los que se ha adherido.


Sin embargo, esta política de exclusiones al partido político C.I. del escenario político nacional y de veto de su derecho de estar en las instituciones del  Estado a través de las elecciones, viola la Ley Fundamental y los dos instrumentos jurídicos del derecho internacional de la ONU, y, por otro lado, esconde la existencia de un plan de discriminación política a nuestro partido político y a sus militantes en menoscabo del artículo 15.1., de la Ley Fundamental de G.E., que dice textualmente lo siguiente: Cualquier acto de parcialidad o discriminación debidamente constatado por motivos tribales, étnicos, sexo, religiosos, sociales, políticos u otros análogos es punible o castigado por ley.


Por todo lo antes expuesto, queda demostrado que, el partido político ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.) está cargado de razones desde el punto de vista legal y jurídico, razones que el gobierno y su partido político PDGE no quieren reconocer,  vetándole ilegalmente sus derechos políticos en cuanto a la participación política en el país para que sus miembros no sean elegidos en las próximas elecciones, es por eso que, CI anuncia a modo de reiteración al Gobierno de la Nación lo siguiente si queda fuera de las elecciones:


1.-CI llamará a sus militantes y simpatizantes  a no acudir a las votaciones en todo el territorio nacional.


2.-El partido político CI, haciendo uso del inciso (k) del artículo 13 de la Ley Fundamental de nuestro país, convocará en el momento de la campaña electoral una manifestación nacional pacifica simultánea en la región insular y en la región continental para reivindicar los  derecho político de sus postulantes a ser elegidos para las instituciones del Estado, también, por haber impedido a la ciudadanía en general votar a la opción política de su preferencia.


3.- El partido político CI reclamará a la comunidad internacional, la ONU, UE, UA, CPLP, ACP, a los gobiernos democráticos de Estados Unidos, España, Francia, Alemania, Reino Unido, Portugal, Italia, Canadá, Bélgica, Sudáfrica, República Federal de Nigeria, Angola, Ghana, Senegal etc. a no reconocer los resultados de las elecciones legislativas y municipales de Guinea Ecuatorial, por no haberse celebrado con pluralismo político creíble, si bien, se quieren celebrar bajo la sombra del partido único, porque, los partidos políticos de siglas y sin militantes, incapaces de conformar por separado las listas electorales ni presentar programa electoral y se han unieron al PDGE como un solo partido, con ellos quiere justificar las elecciones, defraudando así el verdadero pluralismo político y la democracia, y por otro lado, porque el régimen en el poder habría vuelto a aplicar la política antidemocrática de exclusiones.


Ciudadanos por  la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), llama la atención a las Fuerzas de Seguridad del Estado, en el sentido de que, defiendan a los ciudadanos, al Estado de derecho que está pisoteando el Gobierno, a las personas que reivindican sus legítimos derechos políticos que les reconocen la constitución y el derecho internacional, violados impune, y arbitrariamente por el Gobierno de la nación y el partido gubernamental, PDGE,  en menoscabo del Estado de derecho, la soberanía nacional y el pluralismo político democrático integrador, y no saliendo a las calles para reprimir la manifestación en defensa del Gobierno que sí viola los derechos fundamentales de los ciudadanos de elegir y de ser elegidos, así como al Estado de derecho de la nación. Usurpar o robar el poder antidemocráticamente en un país, es sinónimo de ir a las elecciones sin oposición, es decir, dejando fuera de las elecciones a los partidos políticos que son alternativas de cambio al partido en el poder y que los ciudadanos quieren votar.


El Presidente de la República de Guinea Ecuatorial, el Sr. Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, debería de ser esclavo de su palabra, por lo que le invito a hacer memoria retrospectiva a su discurso del fin del año, es decir, del 31 de diciembre de año 2021, en el que habló sobre elecciones democráticas inclusivas para todos los partidos políticos que quieren participar en las presentes elecciones, a fin de que las instituciones del Estado, el parlamento nacional y los gobiernos municipales, sean democráticas, plurales y fuertes, compromiso político que ahora trata de incumplir, vetando antidemocráticamente la participación de C.I. en las mismas por presión de los barones de su partido político PDGE.


Tampoco se debe olvidar aquí que el mismo Presidente de la República reconoció en el año 2019 y ante la Asamblea General de la ONU que en Guinea Ecuatorial existen 18 partidos políticos legalizados, es decir, C.I. incluido.


Desde Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), seguimos defendiendo para nuestro país, que las presentes elecciones sean puramente democráticas e inclusivas, permitiendo la participación de todos los partidos políticos que quieren concurrir a ellas, para conformar nuevas instituciones del Estado plurales, democráticas, fuertes y creíbles ante los ojos de la comunidad internacional democrática, para liberar al país de su actual caos político y económico que está atravesando.


Quiero aprovechar este manifiesto para seguir animando a la población en general y a los militantes y simpatizantes del partido político C.I. en particular, a acudir a las mesas  del censo electoral en todo el país, censándose masivamente para votar al partido político C.I. por ser la verdadera alternativa de cambio político en Guinea Ecuatorial,  dejando claro aquí que, censarse no es sinónimo de votar, si nos excluye de las elecciones no habrá otra opción que llamar para no acudir a la votación y salir a las calles en tiempo de campaña electoral para exigir nuestros derechos políticos pisoteados.    


Decir al Gobierno, al PDGE y a la población que,  el partido político C.I., es un partido político que  defiende como principios políticos, la Libertad, la Justicia y la democracia real, no se fundó para hacer manifestaciones, se fundó para participar en la orientación política del Estado a fin de contribuir al desarrollo integral de Guinea Ecuatorial, esta es nuestra vocación política democrática, este es el derecho que nos reconocen la constitución del país (Ley Fundamental Articulo 9.1) y los instrumentos del derecho internacional, ignorarnos estas premisas políticas de manera arbitraria y antidemocrática o por abuso de poder, impidiendo que nuestros más de 1000 postulantes sean elegidos en las urnas democráticamente conforme al derecho, es obligar al partido político C.I. y a todos sus postulantes, militantes y simpatizantes a estar en las calles del país en tiempo de la campaña electoral para exigir sus derechos a ser elegidos con el fin de estar en las instituciones del Estado como ciudadanos de Guinea Ecuatorial.


Si el Gobierno de la nación reconoce a C.I. sus derechos políticos de participación en las elecciones a tener lugar en el país, en condición de igualdad, en obediencia al estado de derecho, C.I. no convocará la manifestación y saldrá a competir con todas sus fuerzas contra el PDGE y tratar de ganarle en las urnas como en el año 2017.


Sin embargo, tal y como ha quedado comprobado que, tanto al gobierno como a su partido político PDGE, no les gustan las manifestaciones, porque les gustan solo la paz y la tranquilidad, yo también les digo aquí que, para Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), tampoco las manifestaciones constituyen su modelo político para resolver las diferencias políticas, siempre hemos apostado por el diálogo, la concertación política, la tolerancia, los pactos y los acuerdos políticos creíbles para el bien de nuestro país, y ellos no entienden estas cosas.


Por esto, quiero invitar una vez más al Señor Obiang Nguema, a su gobierno y a su partido político PDGE, que entiendan éstas cosas y que todos aceptemos una democracia real para el bien de nuestro país G.E., como el mejor modelo de convivencia social y política.


En este sentido, C.I. defiende una democracia basada en el estado de derecho con un sistema judicial seguro e independiente, capaz de administrar la justicia con equidad para que los ciudadanos puedan defender sus derechos. Una democracia que defiende las libertades públicas. Una democracia que defiende el pluralismo político integrador. Una democracia plural e inclusiva donde nadie se siente discriminado. Una democracia plural e inclusiva en la que todos los ciudadanos deben estar representados dignamente en las instituciones del Estado. Una democracia que permite y garantiza la celebración de elecciones libres, justas, transparentes e inclusivas, para conformar instituciones del Estado fuertes, creíbles y democráticas, capaces de dar certidumbre y equidad   a sus decisiones, combatiendo la corrupción, la desigualdad, la reducción de brechas económicas (para evitar que haya personas extremadamente ricas y personas extremadamente pobres como sucede en nuestra sociedad), defendiendo los derechos humanos y la legalidad.


Todas estas cosas que he mencionado, deberían de ser las bases de las políticas públicas de cualquier país democrático, y, así las deseo para mi país, Guinea Ecuatorial.


Esta es la visión política de C.I. y no la que ustedes nos quieren atribuir. Con esta visión y vocación democratizadora, C.I. quiere llegar a las futuras instituciones del Estado, Parlamento Nacional y los Gobiernos municipales, para las que nos hayan votado, con el fin de participar en la orientación política del Estado y contribuir al desarrollo integral e innovador de nuestro país. 


Malabo, 8 de julio del año 2022


Que Dios bendiga y proteja a los pueblos de Guinea Ecuatorial.


Muchas gracias.      



 




por abamodjo, Viernes, 08 Julio 2022 15:31, Comentarios(0)
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