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CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE G.E.

 


COMUNICADO DE PRONUNCIAMIENTO DEL PARTIDO POLITICO CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL (C.I.), SOBRE LA DETENCIÓN Y ENCARCELAMIEMTO DEL CIUDADANO RUBEN NSUE MEYE MANGUE,  PASTOR O MINISTRO DE CULTO DE UNA IGLESIA PENTECOSTAL DE GUINEA ECUATORIAL.


Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), el principal partido político de la oposición tras las elecciones legislativas y municipales del año 2017, al tener conocimiento de un caso social y público que se ha hecho viral en los medios de comunicación oficial y en las redes sociales, tratando así de la detención y encarcelamiento del ciudadano D. Rubén Nsue Meye Mangue, Ministro de culto de una iglesia pentecostal de Guinea Ecuatorial, a quien acusan de haber lanzado unos audios en las redes sociales, hecho que ha sonado mucho en nuestra sociedad en la semana que termina y que cada uno lo ha interpretado como ha querido.


Este partido político C.I. vehemente defensor de los derechos humanos, la justicia, el estado de derecho, la democracia como la mejor forma de convivencia social, no ha querido quedarse pávido, callado o indiferente ante un hecho de relevancia social en tanto partido político nacional, por cuya razón Y mediante este comunicado de pronunciamiento quiere salir al paso para presentar su punto de vista al respeto. 


En efecto, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), ha hecho esfuerzo por tratar de escuchar algunos audios que han circulado en las redes sociales y que presuntamente lanzó el detenido, y entre las cosas que se han podido escuchar en dichos audios, el detenido ha hablado de que haya diálogo político en la nación, una cuestión importante desde el punto de visto político democrático y que garantiza la estabilidad política y la paz social, también habló de manifestación, un término jurídico que es reconocido en la constitución en su artículo 13 inciso “k”., las demás cosas, son puras rabietas personales a nuestro juicio y permisibles en el marco de la libertad de expresión que reconoce el inciso “b” del mismo artículo 13 de nuestra Ley Fundamental. 


En primer lugar, este partido político C.I. al analizar este hecho, el lanzamiento de los audios, desde el punto de visto jurídico, ha encontrado un vacío legal, al ser los audios un medio de comunicación al azar, surgidos por las nuevas tecnologías de la información y no un medio de comunicación reconocido por ley, como Televisión, radio, páginas webs de internet, por lo que, la ley no ha regulado su uso. Y castigar a un individuo por haber usado ese medio de comunicación irregular, no previsto en la constitución ni en el código penal común vigente en la República de Guinea Ecuatorial, se podría estar infringiendo el artículo 13 en su inciso “s” de la Ley fundamental, el cual asegura que:


“A no ser castigado por un acto u omisión que en el momento de cometerse no estuviese tipificado ni castigo como infracción penal; ni se le puede aplicar una pena no prevista en la ley. En caso de duda, la Ley Penal se aplica en el sentido más favorable al reo.”


Esta afirmación constitucional y la explicación que hemos presentado al ministerio público, la debe tener muy en consideración para garantizar el estado de derecho en nuestro país, en el sentido de que, la libertad de expresión es un derecho y también lo es, el no ser castigo por un acto u omisión que en el momento de cometerse no estuviese tipificado como infracción penal.


Lo mismo, revisado la Ley Número 4/1991, de fecha 4 de julio, Reguladora del Ejercicio de la libertad religiosa, no hemos encontrado ningún artículo que faculte al Ministro de Justicia poder inhabilidad a un sacerdote, pastor, obispo, profetas, apóstoles, etc., por lo tanto, a nuestro juicio, dicha resolución carece de base legal, si bien, estamos ante una decisión política arbitraria que violenta el Estado democrático de derecho. Se trata de una condena de inhabilitación permanente que se ha impuesto sin previa incoación de un procedimiento, ya sea judicial o administrativo sancionador con todas las garantías del debido proceso, en clara violación del inciso “r” del artículo 13 de la Ley Fundamental, que prohíbe que una persona sea condenada o sancionada sin previo juicio, ni que esté privada del derecho de defensa en cualquier estado o grado del proceso.       


Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.) y su Líder Nacional D. Gabriel Nsé Obiang Obono, han entendido el fenómeno de la proliferación del lanzamiento de los audios por los ciudadanos guineo ecuatorianos residentes en el interior y en el exterior, para tratar los asuntos políticos y sociales de su país, al no haber prensa libre para tales situaciones, como una forma de libertad de expresión desordenada, algunos audios se lanzan de manera ácida, sarcástica  y espeluznante, algunos de ellos, han sido lanzados contra D. Gabriel Nsé Obiang Obono, Líder Nacional de este partido político, la filosofía política del Líder Nacional de C.I. ha sido siempre el respeto y la aplicación de la cultura de la tolerancia para garantizar el ejercicio de la libertad de expresión, por eso, nunca ha respondido a ningún audio, ni ha amenazado con llevar a los audistas ante los tribunales de justicia para denunciarles por injurias y calumnias, porque, según él, el deber de respetar la libertad de expresión en una verdadera democracia va a ser aún más difícil en el futuro; ya que, la tolerancia, la aceptación de la discrepancia, la justicia y el estado de derecho (la libertad de expresión), son elementos que hacen realidad el ejercicio pleno de un sistema democrático serio, sin ellos, no se puede hablar de democracia.


Los ejemplos de los ex gobernantes y gobernantes en ejercicio que son tolerantes se pueden citar, como es el caso del ex presidente de los EE.UU. G. Bush, en Afganistán, a quien un periodista lanzó un zapato en una rueda de prensa, lo esquivó, y dicho periodista no fue detenido; en España, los abucheos al mismo Jefe de Estado y al Presidente de Gobierno, el caso de los ex - presidentes del Gobierno español, entre estos: D. José María Aznar, al que una ciudadana lanzó huevos y le manchó la vestimenta en un acto oficial, siendo Presidente de Gobierno de España, y la ciudadana no fue detenida, y D. Mariano Rajoy, a quien otro ciudadano golpeo en la cara hasta romperle las gafas en un acto público, siendo presidente del gobierno en ejercicio, tampoco dicho ciudadano fue detenido; las caricaturas y los programas especiales de televisión en España y otros países europeos que ridiculizan a los gobernantes; también en Francia, E. Macron  en un acto público, y no pasó absolutamente nada, todo ello, gracias al ejercicio de la tolerancia, si tales hechos hubieran tenido lugar en Guinea Ecuatorial, se hubiera considerado como tentativa de golpe de Estado, con juicios sumarísimos y con penas severas.


Al decir lo anteriormente expuesto, también queremos traer en la memoria y conocimiento qué es lo que C.I. entiende como Estado derecho, y creemos que así lo conciben otros partidos políticos que dicen ser democráticos, salvo el PDGE. Hacemos este recordatorio, porque, la detención, encarcelamiento y la inhabilitación en el ejercicio del ministerio divino de Rubén Nsue Meye Mangué, son actos que no se ajustan a la legalidad que reconocen nuestra  Ley Fundamental y otras leyes de nuestro ordenamiento jurídico, por lo que, menoscaban flagrantemente el Estado de derecho de la República de Guinea Ecuatorial.  


En este sentido, el Estado de derecho exige que cada persona de la sociedad esté sujeta a la ley, incluidas las personas que son legisladoras, las encargadas de hacer cumplir la ley, entre éstas, las autoridades gubernativas, la Fiscalía General de la República, los jueces y los magistrados. Es decir, cualquier medida o acción debe estar sujeta a una norma jurídica escrita, por lo que, las autoridades del Estado y la ciudadanía en general deben estar limitadas estrictamente por su marco jurídico preestablecido, que aceptan su forma y su contenido. Por lo tanto, toda decisión que adopten los órganos de gobierno de la nación y demás poderes del Estado, ha de estar sujeta a procedimientos regulados por ley y guiados por el absoluto respeto a los derechos que reconoce nuestra Ley Fundamental.


Repetimos, en un Estado de derecho las leyes organizan y fijan los límites de derecho en que toda acción gubernativa o jurídica está sujeta a una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público. Es por eso que,  en un Estado de derecho, toda acción social y estatal debe tener amparo en la norma o ley; es así que, el poder del Estado – Gobierno debe estar subordinado al orden jurídico vigente en la nación, con el fin de cumplir con el procedimiento para el que fue creado y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de Gobierno (ministerios, etc.), creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.


Sentado todo lo antes expuesto, cuyo análisis no demuestra comisión de delito alguno, si bien, exaltaciones del uso de la libertad de expresión y solicitud de un diálogo político nacional para que pueda haber reconciliación entre los hijos de Guinea Ecuatorial ante la tremenda crispación política que amenaza actualmente nuestra estabilidad nacional.


Por esto Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), insta al gobierno de la nación, que tenga altura de miras políticas y democráticas, anteponiendo los postulados del estado de derecho y la democracia antes mencionados y que recoge nuestra Ley Fundamental, sin dejar de lado el respeto de los derechos humanos, así como la asunción de los principios democráticos de la tolerancia y la aceptación de la discrepancia en el desarrollo de nuestra democracia, etc., por encima de cualquier interés político partidista. Ante esta tesitura,  y  para no seguir sumando más presos políticos y de conciencia en la nación, exigimos la puesta en libertad de Rubén Nsue Meye Mangué y de todos los demás presos políticos y de conciencia. En un Estado democrático de derecho no deben existir presos políticos, salvo en las dictaduras, reconocer la existencia de presos políticos en las cárceles del país,  esto es aceptar ser un régimen dictatorial y como Guinea Ecuatorial ya es una democracia según el PDGE, por lo que, ya no debe haber más presos políticos en la nación.  


Nuestro país exige en estos momentos de profunda crisis económica y política, una regeneración política para una democracia auténtica, para lo cual, debe haber más diálogo sincero, más concertaciones políticas, más consenso, más acuerdos, más justicia, más tolerancia, cero exclusión, etc., para asentar las bases de nuestra democracia y de un entendimiento político genuino con todos los  actores políticos de este país, a fin de garantizar la paz social y el desarrollo integral de nuestro país, y no más detenciones, más exclusiones, más amenazas, mas injusticias, etc., el único resultado que se obtiene con estas cosas, no es,  ni más ni menos, que el quebrantamiento de la supuesta paz social.    


Malabo, 15 de agosto de 2022,


 LA SEDE NACIONAL DE C.I.


 


                  


 




por abamodjo, Lunes, 15 Agosto 2022 14:42, Comentarios(0)
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