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CIUDADANOS POR LA INNOVAVCION DE G.E. C.I.

 


COMUNICADO INSTITUCIONAL DEL PARTIDO POLÍTICO CIUDADANOS


POR LA INNOVACIÓN DE GUINEA ECUATORIAL (C.I) A RAÍZ DEL


MACROJUICIO QUE SE ESTÁ CELEBRANDO EN LA CIUDAD DE BATA


Este partido político, Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial, en la búsqueda de la igualdad de todos ante las leyes y ante la justicia, sale al paso para informar a la opinión pública nacional e internacional sobre el macro juicio que se está celebrando en la ciudad de Bata, capital de la provincia de Litoral y en el que varios ciudadanos extranjeros y nacionales imputados y entre ellos ex militantes del partido en poder, PDGE, están siendo juzgados por los delitos contra la “seguridad del Estado, integridad territorial, unidad nacional, soberanía,  forma republicana del Estado, atentado contra el jefe de Estado, tenencia ilícita y depósito de armas y municiones” entre otros delitos, para comunicar tanto a la población como a la opinión pública internacional que, el partido político C.I interpuso en tiempo y forma una denuncia pública ante la Fiscalía General de la República de Guinea Ecuatorial solicitando la incoación por la precitada Fiscalía del previo expediente de disolución o de extinción del partido PDGE por la probada implicación de sus militantes en la intentona golpista de diciembre del antepasado año 2017 y expulsados de dicho partido mediante resolución número 29/2018, de fecha 2 de noviembre, leída públicamente en los medios de comunicación social.


El texto de esta denuncia, cuyo contenido se da por reproducido en este comunicado institucional, tuvo entrada en la secretaría de la Fiscalía General de la República de Guinea Ecuatorial en la fecha 26 de noviembre del pasado año 2018 y registrado con el nº 405 de la misma fecha; denuncia en la que hasta ahora este alto órgano del Ministerio Publico no ha movido ni media ficha para tramitar este procedimiento de disolución del PDGE por el curso legal correspondiente, puesto que, los hechos cometidos por sus militantes en la pasada intentona golpista, son legalmente constitutivos de la disolución o extinción de un partido político y tales circunstancias fácticas se circunscriben estrictamente a la previsión legal del art. 24 en todos sus incisos de la vigente ley nº 4/ 2015 de fecha 28 de mayo de partidos políticos de Guinea Ecuatorial y en su consecuencia y, en atención a lo anteriormente expuesto y en su virtud, el partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial C.I  viene a hacer constar lo siguiente y, en su caso, exigir el cumplimiento de la ley tanto por el Ministerio Público en su calidad de defensor de la legalidad, como los órganos jurisdiccionales como intérpretes y aplicadores de la ley en el marco de un Estado social y democrático de derecho donde se predica la igualdad de todos ante la ley.


1.-El partido C.I fue disuelto de manera arbitraria e injusta en el macro juicio de Mongomo donde no había sido formalmente imputado ni juzgado en la referida causa, pero condenado temerariamente a la disolución por una simple pelea entre sus militantes y los agentes de orden público por impedir u obstaculizar la realización  de sus actividades electorales y propagandísticas  en la localidad de Akonibe, y sin la previa incoación del expediente de disolución por el Ministerio Fiscal en el procedimiento legalmente establecido como ordena la vigente ley sobre partidos políticos, y, provocando en su consecuencia, la absoluta indefensión procesal de este partido político, y sin ceñirse al contenido del auto de procesamiento dictado por el juez de instrucción de Akonibe que no recogía en su relato fáctico ni en sus fundamentos jurídicos la acusación contra el partido C.I.


2.- Por el principio constitucional de la igualdad de todos ante la ley, se exige desde este partido político firmante del comunicado, que la justicia también condene al partido en poder a la disolución o extinción por la probada implicación de sus militantes en los hechos del fallido golpe de Estado del 24 de diciembre del 2017 por ser constitutivos de las causas legales de extinción de un partido político previstas en el art 24 de la ley de partidos políticos vigente en el país, a pesar de pender una denuncia pública promovida por C.I y en la que pide al Ministerio Fiscal incoar el previo expediente de disolución o extinción del PDGE por participación de sus militantes en la intentona golpista, objeto de la causa de las actuaciones en el macro juico de Bata, .como también ya se hizo injustamente con el partido C.I en el macro juicio de Mongomo, condenándolo arbitrariamente a la extinción por una simple pelea entre sus militantes y los agentes de orden público en la ciudad de Akonibe y sin observar el procedimiento legal de disolución de un partido político.


3.- En caso contrario, se sabrá sin lugar a dudas, que el Estado de derecho que se pregona existir en Guinea Ecuatorial, es una falacia, utopía, patraña, falsedad y mentira de bulto, del régimen  y sus instituciones sin la capacidad de decisión y aplicación de la ley, puesto que, PDGE debe ser disuelto jurídicamente como determina el art. 24 en todos sus incisos de la ley de partidos politos de Guinea Ecuatorial y por ser más graves tales hechos que una pelea que dio lugar a la disolución injusta del partido C.I.


4.- El Ministerio Fiscal debe pronunciarse en su informe final en este juicio oral y público y en virtud de la denuncia pública promovida por C.I, sobre la obligación legal de la justicia para acordar la disolución del partido en poder, es decir, PDGE por los hechos cometidos por sus ex militantes en la pasada intentona golpista del 24 de diciembre del 1017, ya que, son constitutivos, a tenor del art. 24 en todos sus incisos de la ley de partidos políticos, de las causas legales de disolución o extinción de un partido político.


5.- En el mismo orden de ideas, también C.I exige a la justicia el reconocimiento del derecho de indemnización a los militantes y simpatizantes de Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial detenidos, torturados vilmente y algunos fallecidos tanto en las dependencias policiales de Malabo, como en la cárcel pública de Evinayong, a quienes el Gobierno imputó falsamente y sin prueba contundente alguna dicha intentona golpista, según prensa internacional África Media y el Periódico la Vanguardia, y según los interrogatorios de la policía a los militantes de C.I.; pero tras las investigaciones del mismo régimen descubrieron, o se ha descubierto que fue una operación golpista, pensada, ideada, gestada, preparada, urdida, tramada, orquestada, apoyada, organizada, financiada y perpetrada por los mismos militantes del PDGE, y C.I. no tenía ni tiene nada que ver con los hechos de ese fallido golpe de Estado y que hemos pagado injustamente con creces, muertes, torturas y suspensión del partido político C.I., en el ejercicio de la actividad política.


6.-Si todos los partidos políticos de Guinea Ecuatorial son iguales ante las leyes de la nación, y, si la justicia considera que el PDGE no debe ser juzgado ni condenado a la extinción en este juicio de Bata, tras infringir el art. 24 inciso ( i) de la ley nº 4/2015 de fecha 28 de mayo, de partidos politicos de Guinea Ecuatorial, que dice textualmente que son causas de extinción o de disolución de un partido político, “atentar contra la seguridad del Estado, integridad territorial, unidad nacional, soberanía, forma republicana del Estado, orden político, social y la paz”; C.I. tampoco debía ser condenado a la disolucion, sin haber sido imputado ni enjuiciado previamente, por una simple pelea en la ciudad de Akonibe de sus militantes y simpatizantes contra los agentes de orden público que infringieron la ley electoral y la ley de reunión y manifestación, por cuyo hecho el juez de instrucción de Akonibe aplicó a C.I. el art. 17 de la invocada ley de partidos políticos en el sumario ordinario incoado al efecto y cuyo tenor literal dice lo siguiente: “si como de las actividades políticas de un partido político, en uso del ejercicio de los derechos reconocidos en esta ley y en el ordenamiento jurídico general, se causaran pérdidas de vidas humanas, lesiones a las personas o danos materiales en los bienes muebles e inmuebles de cualquier clase, las responsabilidades tanto penal como civil de los hechos, se imputaran en primer término a los responsables directos y, subsidiariamente a los directivos del partido político”. De las presiones legales citadas, resulta claramente justificado que C.I. no debió ser ni juzgado ni condenado a la disolución en el macro juicio político de Mongomo; por tanto, exigimos justicia.


En conclusión, se formula desde este partido político C.I un vibrante llamamiento a la opinión pública nacional e internacional, a las organizaciones internacionales defensoras de los derechos humanos, a la sociedad civil, a los Gobiernos extranjeros comprometidos con la lucha por la instauración de la democracia pluralista y participativa y un verdadero Estado de derecho donde todos sean iguales ante la ley, para que presten mayor atención política y diplomática a la situación de crisis de Estado que se vive en nuestro país, al carecer de instituciones que garantizan con independencia e imparcialidad el estado de derecho y la seguridad jurídica para todos los ciudadanos y asociaciones.


Si el partido PDGE no es enjuiciado ni condenado a la disolución en esta causa que se está juzgando en Bata, se sabrá que no hay ni seguridad jurídica, ni independencia e imparcialidad de la justicia en Guinea Ecuatorial; y por honestidad política y democrática, el Gobierno debe reconsiderar su postura política de mantener suspendido al partido C.I en el ejercicio de la actividad política y restaurarlo como así lo determinan los decretos de amnistía e indulto en vigor, sancionados y firmados por la presidencia de la República de Guinea Ecuatorial, solo así se puede confirmar la igualdad de todos ante la ley y ante la justicia en nuestro país.


Malabo, 26 de marzo de 2019,


EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL.


 




por abamodjo, Martes, 26 Marzo 2019 12:41, Comentarios(0)
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