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D. ANICETO NVE OWONO EQUIRA, ABOGADO DE LIBRE EGERCICIO, HA PRESENTADO NUEVAMENTE EN LA FECHA DE HOY 28/09/2021 UN ESCRITO DE IMPULSO PROCESAL AL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE GUINEA ECUATORIAL, EL EXCMO. SR. D. DAVID NGUEMA OBIANG EYENGA POR EL FIN DE INHABILITACION DEL LIDER NACIONAL DE C.I. EN EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD POLITICA EN EL PAIS.


El escrito jurídico de D. Aniceto Nve Owono Equira, representante legal de D. Gabriel Nsé Obiang Obono, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de Guinea Ecuatorial, que ha sido registrado con la entrada número 249, de fecha 28/09/2021, con la pretensión de reiterarle que, haga justicia, informando al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales el fin de la Inhabilitación en el ejercicio de la actividad política de D. Gabriel Nsé Obiang Obono,  Líder Nacional de C.I., como también dicho órgano jurisdiccional ya lo hizo en su día comunicando la sentencia de su inhabilitación al mismo Ministerio del Interior y Corporaciones Locales, cuyo escrito dice textualmente lo siguiente:


AL  PRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.


El Abogado de libre ejercicio que suscribe, D. Aniceto Nve Owono Equira, colegiado nº 354 del Ilustre Colegio Nacional de Abogados, actuando en representación procesal de D. Gabriel Nze Obiang Obono según ya consta fehacientemente en los autos de solicitud de comunicación al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales del fin de la pena accesoria de inhabilitación de D. Gabriel Nse Obiang Obono por el cumplimiento cabal de la pena principal de arresto mayor de 6 meses, ambas penas le fueron impuestas en el proceso por injurias al PDGE mediante una sentencia que ya obra en autos, ante el presidente de la Corte Suprema de Justicia comparezco y como mejor sea procedente en derecho


DIGO:


Que, por el presente escrito y como en derecho se requiere insto formalmente y por la segunda vez el impulso procesal de oficio en las actuaciones del expediente de solicitud de la comunicación del fin de la inhabilitación de D. Gabriel Nse Obiang Obono al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales por el cumplimiento cabal de la pena principal de arresto mayor de 6 meses y la accesoria de la inhabilitación para el ejercicio de su actividad política en el país, una pena que empezó a computarse desde el día 28 de octubre de 2017 y que terminó el día 28 de abril del año 2018, hace ahora 3 años desde que se cumplió cabalmente dicha pena accesoria de inhabilitación.


También es de justicia recordar al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República de Guinea Ecuatorial que, este alto órgano jurisdiccional del Estado comunicó en su día la sentencia que inhabilitaba a D. Gabriel Nse Obiang Obono para el ejercicio de su actividad política en el país al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales, y esta misma Corte Suprema de Justicia y por exigencia del Ministerio del Interior y Corporaciones Locales, el órgano jurisdiccional que debe comunicar formalmente por conducto de su presidente el fin de la inhabilitación de D. Gabriel Nse Obiang Obono  como lo exige el Ministerio del Interior y Corporaciones Locales en su escrito nº 021-1278-110 de fecha 08 de julio del 2021, cuya copia se adjunta para su verificación y conocimiento, la omisión de este trámite de comunicación del fin de la inhabilitación de mi representado al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales supone una arbitrariedad jurídica con matiz político.


Igualmente cabe decir que mi cliente ya está libre de cualquier impedimento legal para el ejercicio de su actividad política en el país y la deliberada omisión de dicho trámite por la Corte Suprema de Justicia supone una violación de los derechos de participación política de mi representado reconocidos por el artículo 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU y 25 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, ambos instrumentos jurídicos internacionales firmados y suscritos por el Estado de la República de Guinea Ecuatorial y que ampara y avala el artículo 8 de nuestra vigente Constitución.


Desde esta representación letrada se entiende que la Corte Suprema de Justicia incurre en omisión deliberada de este trámite de comunicación oficial del fin de  inhabilitación de Gabriel Nse Obiang Obono al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales con el claro propósito político de impedir arbitrariamente su participación en las próximas elecciones legislativas, municipales y presidenciales, puesto que, legalmente Gabriel Nse Obiang Obono ya debe ejercer sus derechos de participación política en el país al no existir ninguna causa o circunstancia legal que se lo impida.


En atención a lo que precede y en su virtud;


AL PRESDIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SUPLICO Que, teniendo por presentado el presente escrito con su copia, se admita a trámite y, por hechas las manifestaciones anteriores, se tenga por instado formalmente y por la segunda vez el impulso procesal de oficio en las actuaciones arriba referenciadas y, en su consecuencia, se dé curso legal a dicho expediente y dictar la resolución que en derecho corresponda, cursando formalmente al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales la instada comunicación del fin de la inhabilitación de D. Gabriel Nse Obiang Obono para el ejercicio de su actividad política en el país por razones de carácter jurídico procesal antes expuestas.


Por ser justicia que atenta y respetuosamente pido en Malabo a 27 días de septiembre del 2021.


El Abogado


ANICETO NVE OWONO EQUIRA.


NOTA DEL DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN.


Tras revisar el expediente de esa cuestión que obra en el mano del letrado, se observa que, tanto el anterior Abogado Fabián Nsue Nguema que el actual D. Aniceto Nve Owono Equira, desde el mes de mayo del año 2018 hasta la fecha de hoy, habían venido mandando escritos a la Corte Suprema de Justicia para que, de la misma forma que comunicaron la falsa inhabilitación del Líder Nacional de C.I. al Ministerio del Interior para que no realice actividad política en el país por el cumplimiento de la sentencia política, y tras el cumplimiento cabal de la misma y con el efecto de la amnistía total del día 4 de junio del año 2018, la Corte Suprema de Justicia tenía que comunicar igualmente y por escrito al Ministerio del Interior y Corporaciones Locales, el fin legal de dicha inhabilitación, sin embargo, la Corte Suprema de Justicia ha preferido guardar un silencio político sin querer cumplir lo que exige la legalidad en un estado de derecho, haciendo que D. Gabriel Nsé Obiang Obono recupere sus derechos políticos, los que la Corte Suprema de Justicia le está secuestrando nuevamente por su silencio político y administrativo.


Este hecho reafirma que, el Poder Judicial de Guinea Ecuatorial no es independiente, funciona por imperativos políticos, es decir, actúa por los dictámenes políticos del partido gubernamental PDGE, quien tiene miedo de ver al Líder Nacional de C.I. en el escenario político del país para hacerlo oposición real, por eso, se ha escuchado detrás de la Corte Suprema de Justicia y le ha impuesto que no se pronuncie a fin de que D. Gabriel Nsé Obiang Obono retome públicamente su actividad política en la nación.


La justicia debe de ser imparcial para garantizar el estado de derecho, pero cuando se ve públicamente cómo la justicia de Guinea Ecuatorial actúa en obediencia ciega y cabal al partido político en poder PDGE, esto demuestra que el sistema judicial de Guinea Ecuatorial no existe, hay total indefensión e inseguridad jurídica para los de la verdadera oposición al régimen y partido en poder, sin la vigencia del estado de derecho y injusticia independiente, no se puede hablar de democracia en un país.


El propio juicio en el que fabricaron dicha inhabilitación fue totalmente político, viciado y nulo de orden público así como procesal, y como querían condenar al opositor incomodo al PDGE, no les tembló la mano para dictar una sentencia aberrante y absurda propia de unas personas que no estudiaron la carrera de derecho, y para poner fin a esta suciedad jurídica, resiste hacerlo  políticamente el máximo órgano judicial.


C.I. está siendo perseguido por juicios políticos por el Poder Juncial y La Fiscalía General de la Republica y militarmente por las fuerzas de seguridad del Estado, mediante asedios militares, disparos con fuego real, detenciones, cárceles y muertes de sus militantes y directivos, sin embargo, todos los de este régimen como poderes e instituciones del Estado, hablan de democracia, estado de derecho y el respeto de los derechos humanos, para hacer divertir a la comunidad internacional.                   


Publica: el Departamento de Comunicación, Prensa y Medios Audiovisuales de C.I.


 


 




por abamodjo, Martes, 28 Septiembre 2021 13:10, Comentarios(0)
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